Puntos básicos del tratado para una Constitución Europea
El Tratado por el que se establece una Constitución Europea se firmó en Roma en octubre de 2004 y tiene que ser ratificado por los 25 Estados miembros de la Unión Europea para entrar en vigor.
Conocida como Constitución Europea, aunque en términos jurídicos no sea exactamente una constitución, estas son sus principales características:
- Está formada por cuatro partes:
- La primera es el 'corazón' del Tratado, los 60 artículos más comprensibles con los valores y objetivos de la UE, las competencias de las distintas instituciones y las políticas fundamentales.
- La segunda es la Carta de los Derechos Fundamentales, que se aprobó en 2000 pero que ahora se incorpora al derecho comunitario.
- La tercera es una explicación más amplia y compleja de las políticas comunitarias y su funcionamiento.
- La cuarta incluye las disposiciones generales y finales.
- La UE se dota de una serie de elementos comunes:
- Bandera.
- Himno.
- Moneda.
- Un Día de Europa: el 9 de mayo.
- Un lema: "Unida en la diversidad".
- Por primera vez adquiere personalidad jurídica propia.
- Se crea una ciudadanía europea, que se añade a la de cada país y confiere unos derechos añadidos.
- La estructura de poder de la Unión se divide en cinco instituciones principales:
- El Consejo Europeo, que reúne a los jefes de Estado y de Gobierno.
- Los Consejos de Ministros, según las distintas áreas, economía, exteriores, etc.
- El Parlamento Europeo, elegido por los ciudadanos.
- La Comisión Europea, elegida por el Consejo Europeo aunque aprobada por el Parlamento.
- El Tribunal de Justicia.
- Se crean dos importantes figuras:
- El presidente del Consejo Europeo, que antes era una presidencia semestral rotatoria entre todos los países y que ahora tendrá un mandato de dos años y medio renovable una sola vez.
- El ministro de Asuntos Exteriores, que será uno de los vicepresidentes de la Comisión y estará al frente de la política exterior europea.
- Aumenta el número de decisiones que los Estados no podrán vetar:
- El Parlamento decide conjuntamente con el Consejo Europeo sobre las iniciativas de la Comisión.
- La "mayoría cualificada" necesaria para adoptar las principales decisiones en Europa se fija finalmente en el 55 por ciento de los Estados (15 como mínimo) que al mismo tiempo agrupen al 65 por ciento de la población. Para evitar que los grandes tengan demasiado poder, cuatro Estados podrán bloquear una medida.
- Para simplificar el funcionamiento de la UE, que hasta ahora estaba regida por seis tratados - desde el fundacional en Roma hasta Niza en 2001 -, y que ahora se fusionan en uno, existen dos mecanismos fundamentales:
- Aclarar el reparto de competencias entre las exclusivas de la Unión y las compartidas con los Estados.
- Reducir el número de instrumentos legislativos de varias decenas a sólo seis, siendo los principales la ley europea y la ley marco europea.
- Se aprueban dos figuras para mejorar las relaciones de los ciudadanos con la UE:
- La existencia de un Defensor del Pueblo Europeo.
- La "iniciativa ciudadana", que permite al menos un millón de europeos de un número significativo de países invitar a la Comisión a que presente una propuesta sobre una cuestión que propongan.
- Se abre la puerta a las "cooperaciones reforzadas":
- Para que los Estados que lo deseen avancen más en ciertos ámbitos.
- Se intenta mejorar las políticas comunes en exteriores y defensa.
- Se aprueba la cláusula de solidaridad para actuar juntos en caso de catástrofes o ataques terroristas.
- Derechos de Adhesión:
- Por primera vez se establece un mecanismo de "retirada voluntaria" de la Unión.
- Se podrá suspender de ciertos derechos a un Estado miembro si se constata que ha cometido una "violación grave" de los valores europeos.
